¿Qué es el Estatuto de Roma?

El Estatuto de Roma constituye el principal instrumento jurídico internacional para perseguir delitos como genocidios, torturas sistemáticas, crímenes de guerra y ataques masivos contra civiles.

Por Martín García | Reportero                                      

El Estatuto de Roma es el tratado internacional que dio origen a la Corte Penal Internacional (CPI), el primer tribunal permanente encargado de juzgar a personas acusadas de cometer los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional.

El tratado fue adoptado el 17 de julio de 1998 durante una conferencia diplomática celebrada en Roma, de ahí su nombre. Entró en vigor el 1 de julio de 2002, después de que al menos 60 países lo ratificaran.

¿Para qué sirve?

El Estatuto de Roma establece las normas de funcionamiento de la Corte Penal Internacional y define los delitos que pueden ser investigados y juzgados por ese tribunal.

Su objetivo principal es combatir la impunidad de quienes cometen crímenes de extrema gravedad cuando los sistemas judiciales nacionales no pueden o no quieren procesarlos.

¿Qué delitos contempla?

El Estatuto reconoce cuatro grandes categorías de crímenes internacionales:

  • Genocidio: actos destinados a destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
  • Crímenes de lesa humanidad: asesinatos, desapariciones forzadas, tortura, esclavitud, persecución política y otros ataques sistemáticos contra la población civil.
  • Crímenes de guerra: violaciones graves de las leyes y costumbres aplicables durante conflictos armados.
  • Crimen de agresión: uso ilegal de la fuerza militar por un Estado contra otro.

¿Cómo funciona la Corte Penal Internacional?

La Corte Penal Internacional tiene su sede en La Haya y actúa bajo el principio de complementariedad. Esto significa que interviene únicamente cuando las autoridades nacionales no investigan o no pueden hacerlo de manera efectiva.

La CPI puede iniciar investigaciones por tres vías:

  • A petición de un Estado miembro.
  • Por remisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
  • Por iniciativa propia de la Fiscalía de la Corte, con autorización judicial.

México y el Estatuto de Roma

México firmó el Estatuto de Roma el 7 de septiembre de 2000 y lo ratificó el 28 de octubre de 2005, durante el gobierno del presidente Vicente Fox Quesada.

La ratificación implicó reformas constitucionales y adecuaciones legales para armonizar el derecho mexicano con las obligaciones internacionales derivadas del tratado.

Desde entonces, México reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional para los delitos previstos en el Estatuto, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por el propio tratado.

Importancia histórica

La aprobación del Estatuto de Roma representó uno de los avances más relevantes del derecho internacional desde el fin de la Segunda Guerra Mundial. Juristas lo consideran heredero de los principios establecidos en los Juicios de Núremberg, que procesaron a dirigentes nazis tras la guerra.

Actualmente, más de 120 países forman parte del tratado, aunque algunas potencias como Estados Unidos, China y Rusia no participan plenamente en la Corte o no han ratificado el Estatuto.

¿Por qué es relevante hoy?

El Estatuto de Roma constituye el principal instrumento jurídico internacional para perseguir delitos como genocidios, torturas sistemáticas, crímenes de guerra y ataques masivos contra civiles. Su existencia busca garantizar que los responsables de esas conductas puedan ser juzgados, incluso cuando cuenten con poder político, militar o económico en sus países de origen. –sn–

Derechos humanos

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CENTROAMÉRICA | Guatemala: la renovación de la CC y el TSE consolida un nuevo equilibrio entre los grupos de poder

Por Sandra Romero y Alejandro Del Águila en #LaIzquierdaDiario. ↓

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Vivimos en una "dictadura socialcomunista" tan manifiesta, evidente, acusada, opresiva y agobiante, que ante el anuncio de una Delegada del Gobierno de investigar una acción policial totalmente INDEFENDIBLE, un sindicato del gremio se permite el lujo de amenazarla pública y directamente. No es que se crean impunes; saben perfectamente que lo son.

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Opinión | Segunda Vuelta – Luis Muñoz | “Carpetazos” en la Fiscalía relacionados con acoso sexual

*Esta decisión fue considerada por la activista en derechos humanos, Viviana Erika Solorio, como un retroceso en la defensa de las mujeres, orquestada desde el Congreso de la Ciudad de México.

Por Luis Muñoz  

Expertos en el tema revelan que los “carpetazos” (cierre anticipado o conclusión irregular de investigaciones sin una resolución judicial) en casos de acoso sexual, son extremadamente comunes y representan una de las principales causas de la percepción de impunidad.

En el sistema de justicia, el cierre arbitrario de expedientes suele derivar en una falta de castigo para los responsables y nula reparación para las víctimas.

Recientemente en la Fiscalía de la Ciudad de México encabezada por Bertha María Alcalde Luján, se conoció del cierre de carpetas de investigación por acoso sexual derivado de la modificación que realizó la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino al Código Penal local y a la Ley de Cultura Cívica, “para garantizar el respeto a los derechos humanos de los victimarios”, lo cual parece una aberración.

Bertha Alcalde

Esto generó alarma en la población, porque las mediciones oficiales reflejan niveles de impunidad de hasta el 89.4%, lo que significa que solo una fracción minoritaria de los delitos denunciados obtiene una resolución efectiva.

Viviana Erika Solorio, activista de derechos humanos, maestra en Administración y Políticas Públicas con Enfoque en Gestión Política y Criminología, lo calificó de retroceso orquestado desde el Congreso, o como un cálculo equivocado en la estrategia para la protección de niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres que exigen diariamente que sus derechos humanos no sean vulnerados.

El argumento es que las modificaciones tienen como objetivo ajustar la aplicación retroactiva de la ley en beneficio de las personas, de conformidad con las reglas previstas para ese efecto y en atención al principio pro persona fijados por la Constitución Federal, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y las jurisprudencias emitidas por órganos jurisdiccionales.

Pero, ¿qué es lo que originan los “carpetazos”?

Frecuentemente por la saturación de los Ministerios Públicos, la fabricación de culpables para simular avances, la corrupción o la incapacidad técnica para recabar pruebas.

Generalmente el cierre de casos sin una investigación exhaustiva genera desconfianza en las instituciones de procuración de justicia y deja a las víctimas en total estado de indefensión. 

Se sabe que la impunidad en el sistema de justicia penal de la ciudad de México alcanza el 94%, nivel en el cual los delitos quedan sin esclarecerse. El porcentaje de carpetas de investigación archivadas temporalmente, determinadas como incompetencia o enviadas a la “congeladora” sin castigo para el culpable, representa más del 85% de los casos denunciados. 

El archivo temporal o la reserva de la investigación son los principales mecanismos utilizados por el Ministerio Público para cerrar expedientes, amparados en causas como el rezago crónico de las fiscalías, la falta de pruebas periciales y la deserción de las víctimas ante el tedioso proceso de denuncia.

El “carpetazo” -conocido legalmente como archivo temporal, desestimación o facultad de abstenerse a investigar- ocurre cuando el MP o la Fiscalía decide suspender la investigación de un delito por las siguientes razones: No existen suficientes datos, huellas o testimonios para probar que el delito ocurrió o para identificar a un posible responsable.

El diputado Alberto Martínez Urincho explicó que este dictamen atiende a la necesidad de erogar un artículo transitorio, para asegurar la aplicación de la ley de manera más favorable, en coherencia con lo establecido por la Constitución Política de México, tratados internacionales sobre derechos humanos y jurisprudencias relevantes.

El objetivo fue derogar el Artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal, y se reforma la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, en materia de género y acceso a una vida libre de violencias para las mujeres, publicado el 24 de diciembre de 2025 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Cabe mencionar que el legislador local señaló que los argumentos a favor de esta derogación se centran en el principio de retroactividad de la ley, para prohibir su aplicación en perjuicio de las personas. Al respecto, añadió que permite excepciones en beneficio de los particulares.

Con estas modificaciones los derechos humanos son vulnerados y las víctimas revictimizadas, muchas mujeres que decidieron denunciar sólo cuentan con un abogado de oficio, empleados de la propia Fiscalía. 

Según la Barra Mexicana de Abogados, los “carpetazos” son síntomas graves de impunidad sistémica, fabricación de culpables y nula autonomía institucional. 

Para este colegio de profesionistas, esta práctica afecta al sistema judicial de la siguiente manera: Al dar “carpetazo”, las Fiscalías simulan impartición de justicia para cerrar expedientes políticos o por falta de capacidad investigadora, sin llegar nunca a un tribunal judicial.

Además, el archivo exprés y la falta de transparencia en el cierre de casos relevantes vulneran el acceso a la justicia y la seguridad jurídica de las víctimas.

La BMA, tras las modificaciones constitucionales de 2024-2025 y la elección popular de jueces, ha advertido que el sistema actual corre el riesgo de politizar aún más las decisiones penales, y advierte que la creación de órganos de disciplina controlados políticamente podría utilizarse para dar “carpetazo” a quejas ciudadanas contra juzgadores afines al régimen, protegiendo intereses políticos en lugar de sancionar la corrupción. 

Frecuentemente, la organización gremial ha emitido diversos comunicados donde exige a la Fiscalía General de la República (FGR) y a las fiscalías estatales erradicar la opacidad, garantizando que el cierre de cualquier investigación cuente con sustento técnico-jurídico y no responda a presiones políticas (o de otro tipo).

*Periodista: [email protected]

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FGJ

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