Profepa presenta denuncia ante FGR por delito ambiental en el Nevado de Toluca

Autoridades federales sancionaron ingreso ilegal y fijaron precedente ambiental en el Nevado de Toluca.


Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) puso a disposición ante la Fiscalía General de la República (FGR) un vehículo tipo razer y a su conductor por ingresar sin autorización a la zona núcleo del Área de Protección de Flora y Fauna del Nevado de Toluca, en el estado de México. La acción se realizó en coordinación con la policía estatal conforme a la legislación ambiental vigente. El hecho fue considerado constitutivo de delito ambiental por afectaciones directas al ecosistema protegido.

La Profepa informó que fue la primera ocasión en que su oficina mexiquense presentó a una persona por transitar en esta zona restringida. La coordinación incluyó a la Policía Estatal, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y la FGR. La dependencia subrayó que el caso sentó un antecedente en la protección y vigilancia de esta Área Natural Protegida.

De acuerdo con el reporte oficial, el 18 de enero personal de la Policía Estatal se comunicó con el encargado de despacho de la Profepa. La llamada solicitó apoyo para coordinar la puesta a disposición del vehículo tipo razer ante la FGR. La petición ocurrió tras la negativa del conductor a acatar indicaciones y un intento de arrollamiento contra un elemento policial.

Coordinación interinstitucional

El 19 de enero, inspectores de la Profepa acudieron al sitio de los hechos. La diligencia se realizó junto con la Policía Ministerial y la Conanp. El objetivo fue evaluar los posibles daños ambientales ocasionados dentro del polígono protegido.

Las autoridades revisaron la afectación a la vegetación forestal en la zona núcleo. La inspección permitió integrar elementos técnicos al expediente iniciado ante la FGR. La información recabada dio continuidad al procedimiento ministerial correspondiente.

La Profepa señaló que la intervención respondió a protocolos de vigilancia ambiental vigentes. La actuación conjunta fortaleció la capacidad de respuesta ante incursiones no autorizadas. El operativo se enmarcó en las atribuciones legales de cada institución participante.

Delito ambiental tipificado

La puesta a disposición se realizó por destrucción de vegetación forestal. La conducta se ubicó en la fracción I del artículo 418 del Código Penal Federal. Dicho precepto estableció penas de seis meses a nueve años de prisión y multa de cien a tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.

El expediente quedó radicado ante la FGR para la determinación jurídica correspondiente. La autoridad ministerial recibió el vehículo y al conductor para integrar la carpeta de investigación. El caso continuó su curso conforme a derecho.

La Profepa reiteró que el Nevado de Toluca cuenta con régimen especial de protección ambiental. El acceso a su zona núcleo requiere autorización expresa. El ingreso sin permiso constituyó una violación a la normatividad aplicable. –sn–

Sociedad Noticias

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En este 2026 se tipificará el delito de reclutamiento forzado en México: Mejía Berdeja

Sancionar a criminales que, mediante engaños, redes sociales o falsas ofertas de trabajo, obligan a jóvenes a integrarse a actividades delictivas.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

El diputado federal Ricardo Mejía Berdeja reconoció que en este 2026 se consolidará la reforma al Código Penal Federal para establecer como delito específico el reclutamiento forzado, más allá de conductas delincuenciales como la trata de personas o la corrupción de menores, ya incluidas en el catálogo normativo.

“El caso (del asesino de) Carlos Manzo, (una persona de) 17 años. O sea, a lo mejor ese joven que ya no vive, que delinquió un delito muy grave, este, a lo mejor fue reclutado de esa manera”, expresó en entrevista el legislador federal por el Partido del Trabajo (PT).

https://youtu.be/uQ5VQqARpqA?t=244

Ricardo “El Tigre” Mejía Berdeja recordó que sus dos iniciativas ya fueron turnadas a la Comisión de Justicia, propuestas que buscan sancionar con penas más severas a organizaciones criminales que, mediante engaños, redes sociales o falsas ofertas de trabajo, obligan a jóvenes a integrarse a actividades delictivas como informantes, halcones o sicarios.

El legislador petista por Coahuila precisó que el reclutamiento forzado es un delito distinto a la trata de personas y a la corrupción de menores, ya que no se trata del uso del cuerpo con fines de explotación, sino de la coacción para cometer actos criminales.

Subrayó que la ausencia de una figura penal específica ha permitido que los responsables evadan la justicia, por lo que insistió en la urgencia de cerrar ese vacío legal y evitar beneficios para los delincuentes.

Efectivos de la Guardia Nacional

Agregó que las propuestas, que iniciarán con su discusión en próximos días, cuentan con la voluntad política en la Comisión de Justicia para avanzar en la dictaminación, y reconoció que otras fuerzas políticas han presentado iniciativas similares, lo que ha generado un consenso creciente sobre la necesidad de tipificar este delito. Indicó que las penas propuestas se ubican en rangos comparables a las de la extorsión y el secuestro, con sanciones que podrían alcanzar varias décadas de prisión.

En materia de seguridad pública, Ricardo “El Tigre” Mejía reiteró su llamado a combatir la extorsión, especialmente contra migrantes que regresan al país durante este periodo vacacional y recordó que la ley antiextorsión contempla penas de hasta 42 años de prisión para elementos de corporaciones de seguridad que incurran en este delito, e invitó a las víctimas a utilizar la denuncia anónima al 089 para documentar y sancionar estos hechos.

Mejía Berdeja también adelantó que continuará impulsando reformas en favor de la reducción de la jornada laboral a 40 horas, la revisión de los plazos en el buró de crédito y el fortalecimiento de derechos de los consumidores. Afirmó que el trabajo parlamentario y la negociación han permitido mejorar iniciativas del Ejecutivo y reiteró que seguirá promoviendo cambios legales orientados a la justicia social, la protección de la juventud y el fortalecimiento del Estado de derecho. –sn–

Ricardo Mejia Berdeja

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Sheinbaum y gobernadores de México firman compromiso contra la violencia a mujeres

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Senado aprueba reforma integral contra extorsión

Senado avala ley nacional y fortalece penas por extorsión federal. Aprobación legislativa.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

Las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron por unanimidad la reforma integral contra la extorsión, que expidió la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, y modificó diversas leyes federales como el Código Penal Federal y la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

La reforma estableció un tipo penal único a nivel nacional y definió la extorsión como la conducta en la que una persona “sin derecho, obligue a otra a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro, o causando daño patrimonial, moral, físico o psicológico”. El dictamen fue respaldado por senadores de distintos grupos parlamentarios y especialistas invitados a las mesas de trabajo.

Tras observaciones realizadas por senadores y asesores jurídicos, las comisiones elevaron la penalidad mínima y máxima del delito básico de 6–15 años, como venía de Diputados, a 15–25 años de prisión, con el objetivo de evitar que la nueva ley redujera penas vigentes en estados como Chihuahua, Quintana Roo, Michoacán y Morelos. Esta modificación buscó impedir liberaciones anticipadas de personas sentenciadas por extorsión y reforzar la seguridad jurídica. Expertos en derecho penal señalaron que esta medida armoniza el marco legal federal con criterios de justicia efectiva.

El dictamen también incrementó las sanciones en casos de extorsión agravada según la modalidad y el impacto del delito, estableciendo penas de 19 a 33 años cuando exista cobro continuo, víctimas comerciantes o empresarios, o cuando se use un tercero o dependencias públicas. Se contemplaron penas de 20 a 37 años si el delito afecta migrantes, menores, mujeres embarazadas o se emplean medios electrónicos. Los casos con violencia física, participación de menores, servidores públicos o grupos criminales implicaron sanciones de 31 a 42 años de prisión, considerando la gravedad del acto.

Sanciones a servidores públicos

La reforma también contempló responsabilidades específicas para servidores públicos y personas relacionadas con el delito, imponiendo de 4 a 12 años de prisión a quienes cooperen, faciliten o auxilien la extorsión. Servidores públicos que divulgaran información confidencial de carpetas de investigación recibieron penas de 4 a 16 años. Además, quienes omitan denunciar casos de extorsión, teniendo funciones de prevención, investigación o persecución, fueron sujetos a 10 a 20 años de prisión y multa de 200 a 400 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

De manera adicional, se sancionó con 6 a 12 años de prisión la introducción de dispositivos electrónicos a centros penitenciarios sin autorización legal. Las penas se incrementaron hasta en un 50% si participaban defensores, asesores jurídicos o personas privadas de la libertad. La legislación estableció reglas claras sobre agravantes y reparación del daño para garantizar cumplimiento estricto del marco constitucional.

Investigación especializada

El dictamen obliga a las fiscalías a crear unidades especializadas en extorsión, integradas por ministerios públicos, policías y analistas certificados, siguiendo criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP). Mientras se implementan estas unidades, las fiscalías podrán apoyarse temporalmente en las Unidades Antisecuestro, por su experiencia e infraestructura. La ley incluyó mecanismos para bloquear comunicaciones desde centros penitenciarios, considerados puntos estratégicos de origen de extorsiones telefónicas.

El presidente de la Comisión de Justicia, senador Javier Corral Jurado, explicó que el Senado realizó 15 modificaciones sustanciales al dictamen de Diputados, entre ellas elevar penalidades y ajustar agravantes para que fueran medibles y aplicables a comunidades específicas. Se modificaron reglas de reparación del daño y destino de recursos provenientes de extinción de dominio. Se ajustaron también las pruebas permitidas, respetando estrictamente la Constitución, y se eliminaron beneficios preliberatorios para sentenciados por extorsión.

Corral Jurado subrayó que la reforma responde a una exigencia nacional y que la Cámara de Diputados hizo un trabajo excepcional, pero la revisión del Senado era indispensable para afinar penalidades y reforzar la protección de víctimas. Señaló que la medida busca homologar criterios legales en todo el país. La legislación busca garantizar seguridad, justicia y prevención de delitos de extorsión a nivel federal.

El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva del Senado y se programó para discusión y votación en el Pleno del Senado. Los senadores manifestaron que el debate público y la revisión legislativa fortalecen la legalidad y protección de la ciudadanía. La aprobación definitiva permitirá que la Ley General entre en vigor y sea aplicada por todas las fiscalías del país. –sn–

Pleno del Senado | @SociedadN_

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Juez declara inconstitucional reforma sobre terapias de conversión: AAC

Un juez federal anuló la reforma que criminalizaba terapias de conversión y limitaba libertades religiosas.


Por Martín García | Reportero                                      

Un juez federal emitió una sentencia definitiva que declaró inconstitucional la reforma a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, impulsada para prohibir las llamadas “terapias de conversión”. La resolución derivó de los amparos promovidos por la Asociación de Abogados Cristianos (AAC), que argumentó violaciones a derechos fundamentales.

Según el fallo judicial, la reforma no superó el test de proporcionalidad, al afectar libertades garantizadas por la Constitución mexicana. El documento subrayó que la penalización resultaba excesiva e injustificada, sin una base científica ni jurídica suficiente.

El fallo determinó que las sanciones contempladas contra padres, ministros de culto y terapeutas resultaban desproporcionadas. La resolución precisó que criminalizar acompañamientos o asesorías sobre sexualidad vulneraba el ejercicio de la libertad de conciencia, religión y expresión. Con ello, el tribunal reconoció que los ciudadanos conservan el derecho a orientar o aconsejar de acuerdo con sus convicciones personales. Este punto marcó un precedente relevante en materia de libertad religiosa y de pensamiento.

El director jurídico de la AAC, Carlos Ramírez, declaró que la decisión “demostró que la justicia mexicana mantiene su independencia frente a imposiciones ideológicas”. Explicó que el acompañamiento espiritual o psicológico basado en principios religiosos forma parte del derecho a la libertad de creencias. Añadió que los padres, ministros y profesionales tienen la facultad de orientar en temas de identidad y sexualidad conforme a su fe.

Libertad de conciencia protegida

La Asociación de Abogados Cristianos señaló que la sentencia no avaló prácticas coercitivas o de maltrato. Indicó que el objetivo fue preservar el derecho a la libre orientación sin criminalizar la intervención profesional o pastoral. La organización precisó que el fallo no justificaba actos de discriminación, sino que restablecía el equilibrio constitucional entre libertad y protección. Este argumento fue acogido por el tribunal como parte del análisis jurídico.

De acuerdo con los documentos judiciales, la autoridad consideró que la reforma aprobada por el Congreso careció de justificación técnica. El dictamen subrayó que el texto legal omitió definir con claridad qué constituía “terapia de conversión”, lo que generaba inseguridad jurídica. Además, advirtió que las sanciones penales podrían aplicarse incluso a conversaciones privadas o actos de fe. Ese alcance fue considerado violatorio de derechos humanos fundamentales.

El tribunal recordó que el gobierno federal tiene la obligación de equilibrar el interés público con la libertad individual. Sostuvo que las políticas públicas deben sustentarse en pruebas verificables, no en presunciones morales. En este caso, la falta de evidencia sobre daños específicos impidió justificar la criminalización generalizada. El fallo ordenó notificar al Congreso de la Unión y a la Secretaría de Gobernación.

Implicaciones legales nacionales

Juristas consultados coincidieron en que esta resolución podría generar nuevos precedentes en materia de libertad de pensamiento. Mencionaron que otros tribunales federales podrían basarse en el mismo criterio para resolver casos similares. Destacaron también que la sentencia fortaleció la autonomía judicial ante presiones políticas. Este fallo podría convertirse en referencia obligada para futuras controversias constitucionales.

La AAC adelantó que iniciaría una estrategia jurídica para extender los efectos del fallo en otras entidades. La asociación anunció que acompañaría a familias, líderes religiosos y terapeutas afectados por denuncias bajo la reforma anulada. Sostuvo que la prioridad será garantizar la protección de derechos sin promover actos de discriminación. Asimismo, informó que buscará mesas de diálogo con el Poder Legislativo.

En el ámbito político, diversos legisladores expresaron su preocupación por el precedente establecido. Algunos señalaron que el fallo evidenció deficiencias en el proceso legislativo de la reforma. Otros pidieron una revisión integral de las disposiciones penales relacionadas con libertad religiosa. La Secretaría de Gobernación informó que analizaría el contenido del fallo antes de emitir postura oficial. –sn–

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Kenia López impulsa sanciones más severas contra reclutadores de menores

La legisladora propuso duplicar penas para quienes involucren a niñas, niños y jóvenes en delitos.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

Kenia López Rabadán, quien preside la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, informó que la Comisión de Justicia dictaminaría una iniciativa de su autoría para endurecer las penas contra quienes reclutaran a menores de edad para el crimen organizado. El objetivo fue fortalecer la protección de niñas, niños y jóvenes en todo el país.

https://twitter.com/kenialopezr/status/1975726516408660374

La legisladora explicó que la reforma al artículo 201 del Código Penal Federal incrementaría las sanciones actuales, que van de siete a doce años, a un rango de diez a veinte años de prisión. Con ello, se buscó inhibir la participación delictiva de menores reclutados por grupos criminales.

López Rabadán subrayó que esta modificación legislativa representó una respuesta directa al aumento de casos en los que adolescentes fueron utilizados como informantes, halcones o sicarios. Recalcó que el crimen organizado vulneró el presente y el futuro de la juventud mexicana mediante mecanismos de manipulación y violencia.

La legisladora enfatizó que el Estado debía asumir un papel firme ante estas prácticas delictivas. Dijo que endurecer las penas era una medida de justicia social para resguardar la integridad y los derechos de los menores frente a redes criminales.

Endurecimiento penal y protección infantil

La Comisión de Justicia sesionó para analizar el dictamen a las 17:00 horas, junto con otras iniciativas relacionadas con la protección de grupos vulnerables. De aprobarse, el documento sería turnado al Pleno para su discusión y eventual votación en el próximo periodo ordinario.

La legisladora explicó que las reformas contemplaban sanciones ejemplares para quienes promovieran, facilitaran o financiaran el reclutamiento de menores. Precisó que la finalidad era cerrar espacios legales que actualmente permitían penas reducidas o beneficios procesales para los responsables.

López Rabadán añadió que la propuesta fue elaborada con base en datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los cuales reflejaron un incremento en la participación de menores en delitos relacionados con narcotráfico y extorsión. Según los informes, las entidades más afectadas fueron Guanajuato, Michoacán, Sonora y Cdmx.

Insistió en que el fortalecimiento de las leyes penales debía acompañarse de políticas públicas de prevención y reinserción social. Consideró necesario brindar alternativas educativas y laborales para evitar que la juventud fuera captada por las organizaciones delictivas.

Responsabilidad institucional y coordinación

Durante la sesión, los integrantes de la Comisión de Justicia analizaron el impacto de las reformas en el sistema judicial. Coincidieron en la urgencia de armonizar los marcos normativos estatales con el Código Penal Federal para garantizar su aplicación efectiva en todo el territorio nacional.

López Rabadán recalcó que la propuesta surgió tras un amplio proceso de consulta con especialistas en derecho penal, organizaciones civiles y dependencias del gobierno federal. Aseguró que la intención fue reforzar el sistema de justicia en materia de protección a la infancia.

La legisladora recordó que el crimen organizado utilizó la vulnerabilidad social y económica de los jóvenes para integrarlos en sus filas. Explicó que esta práctica, además de constituir un delito grave, afectó el tejido social y la seguridad pública de comunidades enteras.

Asimismo, la dipitada federal planteó que la aprobación del dictamen representaría un avance en la lucha nacional contra la delincuencia organizada. Subrayó que el endurecimiento de las penas debía ir acompañado de acciones coordinadas entre autoridades federales, estatales y municipales. –sn–

Kenia López Rabadán

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Sheinbaum niega espionaje gubernamental a partir de las nuevas reformas al marco jurídico

Asegura respeto a privacidad ciudadana. Sin vigilancia ilegal: Sheinbaum.


Por Paola Ramírez | Reportera                                                       

La presidente Claudia Sheinbaum afirmó que su administración no espía ni espiará a la población mexicana. Aclaró que las leyes aprobadas recientemente no contienen disposiciones que permitan censura o vigilancia sin fundamento legal.

Durante una conferencia, la mandataria explicó que las comunicaciones protegidas por ley seguirán siendo confidenciales. Añadió que las autoridades no pueden intervenir llamadas o ubicar dispositivos sin autorización judicial.

Enfatizó que el único escenario que permite un acceso extraordinario a información telefónica es una desaparición o secuestro. En esos casos, indicó, se solicita el apoyo de las empresas operadoras de telecomunicaciones.

La presidente precisó que la intervención solo podrá llevarse a cabo con orden judicial federal. Esta debe incluir los motivos legales, tipo de técnica, personas involucradas y duración autorizada.

Acciones bajo marco legal

Claudia Sheinbaum reiteró que las leyes en cuestión no avalan ningún tipo de espionaje a civiles. Aseguró que cualquier afirmación en ese sentido corresponde a una campaña de desinformación.

Indicó que las normas establecen mecanismos judiciales para prevenir abusos y garantizar el respeto a los derechos. Señaló que el Código Penal Federal también contempla las limitaciones a toda intervención comunicacional.

“El gobierno federal no espía a nadie, como sí lo hicieron con nosotros en su momento”, recordó Sheinbaum. Comentó que su administración aprendió del pasado y tiene el compromiso de respetar los derechos civiles.

Asimismo, aclaró que es falsa la versión de que las reformas legales recientemente avaladas promueven el control o censura. “Mienten quienes dicen que se espía, porque eso no se autoriza”, puntualizó.

Intervenciones con orden judicial

La mandataria explicó que solo un juez federal puede autorizar la geolocalización o escucha de comunicaciones. Subrayó que ese proceso debe estar plenamente justificado con elementos legales y administrativos.

“Se requiere la solicitud fundada de la autoridad competente”, detalló Sheinbaum. Recalcó que el gobierno federal no permitirá prácticas que vulneren la privacidad de la ciudadanía.

En caso de situaciones urgentes como un secuestro, se podrá pedir el respaldo inmediato de la telefónica. Según la ley, estas acciones deben ser documentadas y evaluadas por los jueces correspondientes.

“Nosotros no utilizaremos el poder del Estado para intervenir ilegalmente en la vida de los ciudadanos”, dijo la presidenta. Rechazó categóricamente cualquier paralelismo con gobiernos pasados.

Derechos garantizados por ley

Claudia Sheinbaum insistió en que las reformas recientes no contemplan disposiciones de vigilancia masiva. Invitó a revisar el contenido jurídico de las normas para corroborar que no existe esa intención.

Explicó que se trata de fortalecer el Estado de Derecho, no de debilitar las garantías individuales. Reiteró que su administración mantendrá un respeto irrestricto a la privacidad y a las libertades constitucionales.

“Las mentiras difundidas intentan generar miedo infundado en la sociedad”, añadió la presidenta. Mencionó que la transparencia será la principal herramienta de su gobierno para disipar rumores.

Finalmente, garantizó que no se permitirán abusos desde el poder. “Venimos de ser espiados. No lo haremos nosotros. Nunca”, concluyó en su intervención. –sn–

Sistemas de espionaje | @SociedadN_

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Diputados aprueban reformas contra lavado de dinero

La Cámara aprobó cambios legales para identificar beneficiarios y operaciones con recursos ilícitos en México

Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Durante la votación en lo general se emitieron 297 votos a favor, 37 en contra y 87 abstenciones; en lo particular fueron 349 votos a favor, 38 en contra y 91 abstenciones. La minuta pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, luego de considerarse como de resolución urgente.

El proyecto tuvo como propósito fortalecer las herramientas de investigación y persecución de delitos financieros complejos. La reforma incorporó conceptos clave como Beneficiario Controlador, Cliente o Usuario, Persona Políticamente Expuesta, Riesgo y Representante Encargado de Cumplimiento. También amplió la denominación de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la Fiscalía General de la República.

Nuevas definiciones legales

Se entenderá como Beneficiario Controlador a quien tenga el control de una persona moral, aunque no sea cliente directo de una actividad vulnerable. Cliente o Usuario incluirá a personas físicas, morales y fideicomisos que realicen operaciones con entidades sujetas a control. El Riesgo será la probabilidad de que las Actividades Vulnerables sean utilizadas para operaciones con recursos ilícitos.

La Persona Políticamente Expuesta será quien desempeñe o haya desempeñado funciones públicas, así como sus personas relacionadas. Estas definiciones permitirán mayor precisión en el análisis de actividades sospechosas. La SHCP deberá establecer los requisitos de registro de quienes realizan actividades vulnerables, a través del sistema electrónico que determine el reglamento.

Obligaciones para Hacienda

La SHCP coordinará funciones con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y con la Guardia Nacional. También deberá fijar medidas específicas si identifica que un país representa mayor riesgo financiero. Tales medidas serán proporcionales, obligatorias y se emitirán mediante reglas de carácter general. Además, la ley promueve la creación de unidades estatales para analizar información patrimonial.

Estas unidades deberán contribuir a la prevención de delitos y al seguimiento de estructuras delictivas. La SHCP fungirá como enlace con gobiernos y organismos internacionales. Esto incluirá la coordinación de acuerdos internacionales relacionados con el objeto de esta ley. También establecerá avisos obligatorios ante operaciones con ciertos montos y características específicas.

Avisos obligatorios por operaciones

Será obligatorio avisar cuando las operaciones superen 210 veces el valor diario de la UMA. También cuando las contraprestaciones sean iguales o mayores a 4 UMAs. Las entidades deberán registrar información sobre activos virtuales, incluyendo datos del originante, receptor y beneficiario controlador. Toda la información quedará a disposición de las autoridades competentes.

Las dependencias involucradas establecerán programas de capacitación para su personal. La SHCP, la Fiscalía, la Secretaría de Seguridad y la Guardia Nacional serán responsables de estos programas. Se capacitará en prevención, detección y combate a delitos con estructuras financieras. El objetivo será evitar el uso de recursos para financiar organizaciones delictivas.

Cooperación institucional y transparencia

Las dependencias federales, estatales y municipales deberán proporcionar a la SHCP información, documentos e imágenes. Esto incluye a organismos constitucionales autónomos y empresas públicas. Los partidos políticos deberán entregar información mediante el INE o los órganos locales. Los sindicatos estarán obligados a proporcionar datos a través de la Secretaría del Trabajo.

Respecto al Código Penal, el Ministerio Público podrá investigar delitos que involucren instituciones financieras. La acción penal requerirá denuncia formal de la SHCP. Esta tendrá el carácter de víctima u ofendida, lo que le permitirá dar seguimiento procesal. El objetivo es agilizar la aplicación de justicia en delitos con impacto financiero.

Capacitación para el cumplimiento legal

Durante los primeros seis meses, la UIF y el SAT implementarán un programa de capacitación. Este programa estará dirigido a asociaciones y sociedades sin fines de lucro. Servirá para cumplir correctamente las fracciones VII a XI del artículo 18. La entrada en vigor se contará desde la publicación de las reglas generales.

El acompañamiento técnico buscará garantizar la aplicación adecuada de las nuevas disposiciones. La SHCP será la encargada de emitir las reglas de operación. También coordinará con los estados la implementación homogénea de las medidas. La meta será reducir riesgos y elevar el cumplimiento del marco normativo nacional. –sn–

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