Sheinbaum pide revisar cobros indebidos de Uber

Claudia Sheinbaum solicitó a Profeco investigar cobros irregulares y defendió derechos laborales.


Por Paola Ramírez | Reportera                                                       

La presidente Claudia Sheinbaum Pardo anunció que pedirá a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) revisar los cobros indebidos realizados por aplicaciones de transporte como Uber. Su pronunciamiento respondió a denuncias sobre cargos adicionales aplicados a los usuarios. Señaló que las empresas no debían transferir ese costo.

Durante su conferencia de este viernes, Sheinbaum fue consultada sobre el concepto “ajuste al usuario por ley laboral”. Aclaró que dicho cargo no tenía sustento y debía analizarse por las autoridades competentes. Añadió que los consumidores no debían asumir los costos derivados de obligaciones patronales.

La mandataria federal indicó que las plataformas digitales debían cumplir las leyes sin afectar a usuarios ni trabajadores. “No debe cobrarse al usuario más ni descontársele al trabajador”, afirmó. Informó que el caso sería revisado con Profeco y con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Uber aumentó tarifas en julio

Desde julio, la empresa Uber aplicó un incremento de 7 por ciento en sus tarifas. Argumentó que la medida buscaba proteger las ganancias de los conductores y mantener la continuidad del servicio. Sin embargo, la presidente consideró que ese cobro no era correcto.

Sheinbaum recordó que el gobierno federal mantenía un diálogo abierto con las empresas tecnológicas. Explicó que los ajustes económicos no podían justificarse en perjuicio de los usuarios. Reiteró que la revisión de los cobros se realizaría conforme a la ley y a los derechos laborales vigentes.

El 16 de julio entró en vigor la reforma laboral que obliga a compañías como Uber a registrar a sus socios conductores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A partir de esa fecha, la empresa informó públicamente sobre la actualización de sus precios. Presentó entonces un comunicado con su justificación económica.

Aumento por reforma laboral

En su declaración, Uber explicó que el incremento no afectaría las ganancias de los conductores. Detalló que los recursos obtenidos se destinarían íntegramente a cubrir los costos de la nueva regulación. Señaló que el usuario absorbería la totalidad del ajuste económico.

https://sociedad-noticias.com/2025/11/07/conferencia-presidencial-de-claudia-sheinbaum-de-este-viernes-07-de-noviembre-2025/

“La modificación tarifaria estará destinada a cubrir las nuevas obligaciones laborales”, indicó Uber. Según su postura, el objetivo era cumplir con las normas sin alterar los ingresos de sus socios. El aviso fue distribuido mediante la aplicación y canales digitales oficiales.

No obstante, Sheinbaum precisó que el cumplimiento de la ley debía financiarse mediante responsabilidad empresarial. Subrayó que las corporaciones tecnológicas contaban con solvencia suficiente para absorber los costos laborales. Agregó que ninguna reforma justificaba trasladar los gastos a los consumidores. –sn–

Repartidor de comida en Uber

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Pleno de la SCJN protege a los ciudadanos frente a cobros y tortura

La SCJN eliminó cobros indebidos y garantizó protección contra desaparición y tortura.


Por José Víctor Rodríguez | Reportero                                                        

los integrantyes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron diversas acciones de inconstitucionalidad que modificaron disposiciones de ingresos municipales en cinco estados del país. La decisión protegió a la población contra cobros desproporcionados y sanciones discrecionales.

En Hidalgo, Oaxaca y Chihuahua se invalidaron pagos por acceso al derecho a la información pública. Asimismo, en Oaxaca y Tlaxcala se eliminaron multas relacionadas con escándalos en vía pública, insultos a la autoridad y faltas a la moral.

Las resoluciones también incluyeron la eliminación de cobros por agua potable y drenaje en municipios de Tlaxcala. La Corte señaló que los montos no reflejaban los costos reales y violaban principios de proporcionalidad y legalidad en materia tributaria.

Cobros municipales invalidados

En Hidalgo, la SCJN invalidó cobros por alumbrado público al establecer que solo el Congreso federal puede regular impuestos sobre energía eléctrica. En Alpoyeca, Guerrero, se invalidaron cargos por licencias de comercios de gas LP por ser competencia federal.

En Tlaxcala, también se eliminaron multas por la organización de juegos y sorteos, al considerarse materia de la Federación. De igual manera, en Chihuahua se declaró inconstitucional el cobro de permisos para eventos sociales privados, como bodas, kermés o fiestas comunitarias.

Las determinaciones fueron parte de las Acciones de Inconstitucionalidad 24/2025, 42/2025, 191/2024 y 17/2025. Además, se resolvió la Controversia Constitucional 35/2025 promovida por la CNDH y el gobierno federal.

El Pleno de la Corte discutió y resolvió los casos en sesión pública celebrada el 29 de septiembre de 2025. La resolución impactó directamente en las Leyes de Ingresos Municipales de cinco entidades federativas.

Derechos humanos garantizados

La SCJN también analizó la aplicación de leyes nacionales en materia de derechos humanos. El Pleno determinó que normas locales no podían restringir la aplicación de la Ley General de Víctimas ni de la Ley General de Tortura.

En Aguascalientes, se invalidaron disposiciones de la Ley para la Atención y Prevención de la Desaparición de Personas. Dichos artículos subordinaban la aplicación de leyes nacionales a las normas locales de manera inconstitucional.

La resolución aclaró que instrumentos como el Código Nacional de Procedimientos Penales y tratados internacionales deben aplicarse de manera directa. No procede relegarlos a una aplicación supletoria por voluntad de legisladores estatales.

De forma paralela, en Tamaulipas se invalidó el artículo 3 de la Ley local para Prevenir la Tortura. Esa disposición pretendía aplicar la Ley General únicamente como complemento y no como normativa obligatoria. –sn–

Pleno de la SCJN

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