Ministerio de Salud establece plazo máximo de 48 horas para entrega de medicamentos por EPS
📰 Título original: EPS ya no podrán embolatarles medicamentos a pacientes; habrá plazo límite
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Ministerio de Salud establece plazo máximo de 48 horas para entrega de medicamentos por EPS
El Ministerio de Salud de Colombia ha reforzado las normas que regulan a las EPS debido a las constantes quejas de usuarios por retrasos en la entrega de medicamentos y tratamientos. Con la Circular Externa 017 de 2026, se establece que las EPS deben garantizar la entrega domiciliaria de los medicamentos pendientes en un plazo máximo de 48 horas. Además, las entidades deberán contar con gestores farmacéuticos suficientes y planes alternativos para evitar interrupciones en los tratamientos. También se exige pluralidad de proveedores y la obligación de reportar cualquier escasez de medicamentos al sistema de monitoreo del Ministerio, incluso permitiendo la importación de fármacos críticos en caso de desabastecimiento. La medida busca proteger especialmente a pacientes con enfermedades crónicas, adultos mayores y menores de edad, evitando que fallas administrativas o problemas financieros de las EPS afecten la continuidad de sus tratamientos. Gobernaciones y alcaldías reforzarán la recepción de denuncias, mientras la Superintendencia de Salud aumentará los controles para asegurar el cumplimiento de la nueva normativa. Finalmente, el presidente Gustavo Petro ordenó la liquidación de EPS en quiebra, lo que implica la reorganización de usuarios afectados y mayor supervisión del sistema de salud.







