El Constitucional anula la condena de Magdalena Álvarez por los ERE de Andalucía y tumba la prevaricación

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de la exministra Magdalena Álvarez contra su condena por prevaricación en el caso de los ERE de Andalucía, anulando la sanción de nueve años de inhabilitación que le impuso la Audiencia de Sevilla y obligando a repetir parte de la resolución. El pleno, con mayoría de los siete progresistas frente a los cuatro conservadores del tribunal, ha sacado adelante una ponencia que cuestiona que los altos cargos de la Junta de Andalucía fueran condenados por prevaricación, un delito atribuido a los 16 condenados, entre ellos al expresidente Manuel Chaves, y ordena a la Audiencia de Sevilla el dictado de una nueva resolución. Se trata de la segunda decisión que toma el pleno del Constitucional sobre el caso de los ERE de Andalucía después de admitir a trámite todos los recursos hace un año. Este lunes y por unanimidad el tribunal rechazó el recurso del exconsejero José Antonio Viera, condenado a siete años de cárcel por prevaricación y malversación de caudales públicos. En su caso, la decisión de los magistrados no permite extrapolar el rechazo a otros condenados por los mismos delitos: su recurso ha quedado rechazado por deficiencias técnicas y por expresar sus quejas en "términos genéricos", sin que el pleno entrara a examinar a fondo su condena. "Absoluta falta de control" en casi 700 millones de euros Los tribunales han declarado probado que detrás del título de 'caso de los ERE' se esconde la adjudicación descontrolada de 670 millones de euros en partidas de ayudas a empresas y trabajadores. Ayudas que, según la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo, acabaron en muchos casos en bolsillos de personas que no tenían acceso a ellas porque, desde el mismo momento de su creación, se buscó la ausencia de controles por parte de la administración andaluza. La Audiencia de Sevilla, que avaló posteriormente el Tribunal Supremo, condenó a 19 antiguos altos cargos de la Junta de Andalucía durante los gobiernos de José Antonio Griñán y Manuel Chaves. Nueve de ellos fueron condenados a penas de inhabilitación por prevaricación continuada, entre ellos Magdalena Álvarez, Manuel Chaves o Gaspar Zarrías. Los otros diez también recibieron condenas de hasta siete años y once meses de presidio por malversación: José Antonio Griñán, Francisco Javier Guerrero o Carmen Martínez Aguayo, entre otros. En cuanto al delito de prevaricación, se impuso a quienes concedieron las ayudas pero también a los altos cargos que "intervinieron de forma determinante" en la aprobación de las partidas presupuestarias al hacerlo a través de transferencias de financiación y, por tanto, eludiendo cualquier control de la Junta. Los jueces entendieron que los "eslabones necesarios" en el proceso eran resoluciones a efectos penales, también los proyectos de ley de presupuestos entre 2002 y 2009. En cuanto a la malversación, los jueces atribuyeron este delito penado con cárcel a los que "concedieron y pagaron" las ayudas, pero también a quienes "permitieron que se pagaran" conociendo las "gravísimas ilegalidades" del procedimiento. Para los magistrados del tribunal andaluz, Griñán "era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó" y Chaves fue también "plenamente consciente" de esas irregularidades. Existió, según esa primera sentencia, "una absoluta falta de control de la concesión de subvenciones sociolaborales y a empresas en crisis". Posteriormente el Supremo solo modificó la resolución para absolver a Javier Aguado, Francisco Sánchez y Lourdes Medina, secretarios generales técnicos, y rebajar la condena de Juan Márquez por reparación del daño.

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El complicado camino de Griñán hasta el indulto que apoyan González y Zapatero

La sentencia firme de los ERE de Andalucía confirmó la mayoría de las condenas y José Antonio Griñán, presidente de la Junta de Andalucía entre 2009 y 2013, se llevó la peor parte. El Tribunal Supremo confirmó para él una pena de seis años de cárcel y otros 15 de inhabilitación por un delito de prevaricación en concurso con otro de malversación de caudales públicos. Su caso está en manos del Tribunal Constitucional mientras su familia, con el apoyo de al menos dos expresidentes del Gobierno, ha puesto en marcha una petición de indulto. El camino hasta una hipotética medida de gracia es largo, las posibilidades de evitar la cárcel son pequeñas y a los factores jurídicos hay que añadir el coste político que tendría para el Gobierno firmar un indulto en uno de los casos judiciales con más presencia en la vida pública española y más ligados al PSOE y su gestión al frente de la administración andaluza. Todo en año preelectoral. La condena del expresidente andaluz no deja margen a la interpretación si no hay indulto o sentencia favorable del Constitucional: tiene que entrar en prisión. El Código Penal establece en su artículo 80 que los tribunales pueden suspender la ejecución de una condena siempre y cuando sea inferior a dos años de cárcel, cantidad que triplica la pena impuesta a José Antonio Griñán por prevaricación y malversación. La Ley incluye, además, media docena de exigencias junto con la duración de la condena. Descartada la vía de la suspensión, el expresidente de la Junta de Andalucía tiene varios caminos para evitar la prisión, aunque puede que insuficientes para evitar que empiece a cumplir condena mientras los tribunales y el Consejo de Ministros deciden su futuro. Una es recurrir al Constitucional y pedir que se suspenda la ejecución de su condena hasta que haya una sentencia, y otra es solicitar el indulto y reclamar que se aplace la entrada en la cárcel hasta que no se resuelva sobre esa medida de gracia. El primer camino parece estar igualmente vedado para José Antonio Griñán. El Tribunal Constitucional tiene como criterio no escrito en ninguna Ley rechazar la suspensión de cualquier condena superior a los cinco años de presidio, más aún si es impuesta por un único delito. Lo estableció de manera explícita cuando en 2017 suspendió el ingreso en prisión de los ultraderechistas condenados por asaltar la librería Blanquerna en Madrid en 2013: "Así, este Tribunal ha adoptado como una directriz general que la pena se sitúe por encima o por debajo de la frontera de los cinco años de prisión, por ser el límite que ha establecido el propio legislador penal para diferenciar entre las penas graves y las menos graves", explicó en un auto que suspendió la ejecución de las condenas que les había impuesto el Tribunal Supremo. Es una "directriz general" y no un precepto legal que, hasta la fecha, el Constitucional ha cumplido a rajatabla. El letrado de José Antonio Griñán, José María Calero, ha anunciado varias veces en los últimos días que ésta será una de sus líneas de actuación de cara a intentar evitar el ingreso en prisión del político andaluz. Para el letrado sevillano, la existencia de dos votos particulares de magistradas del Tribunal Supremo que abogaban por condenarlo sólo a pena de inhabilitación son "un rayo de esperanza" para que el tribunal de garantías no sólo considere darle la razón en el fondo del asunto sino permitirle seguir en libertad mientras los magistrados deliberan. Antes presentará un incidente de nulidad ante el propio Supremo. Los plazos, según fuentes jurídicas, no han empezado a correr todavía. El fallo de la sentencia fue adelantado por la sala de lo penal del Tribunal Supremo, especificando el futuro de las condenas de todos los encausados, pero la sentencia como tal con todos sus argumentos y sus votos particulares no han sido notificados, por lo que la defensa de Griñán y del resto de condenados no han podido poner en marcha la maquinaria de los recursos, aclaraciones e incidentes de nulidad. Los tribunales, a su vez, no han podido poner en marcha tampoco la fase de ejecución. Otra petición para que la ejecución de su condena se vea suspendida tendría que ser presentada ante el tribunal sentenciador, la Audiencia Provincial de Sevilla. La Ley del Indulto, vigente desde 1870, especifica que "la solicitud o propuesta de indulto no suspenderá el cumplimiento de la sentencia ejecutoria", con una excepción que no existe en el ordenamiento jurídico nacional desde la entrada en vigor de la Constitución española: que la condena cuestionada sea la pena de muerte. Pero el artículo cuarto del Código Penal sí abre una puerta a evitar momentáneamente la cárcel: "Si mediara petición de indulto, y el Juez o Tribunal hubiere apreciado en resolución fundada que por el cumplimiento de la pena puede resultar vulnerado el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, suspenderá la ejecución de la misma en tanto no se resuelva sobre la petición formulada". También explica el texto que una condena podrá dejarse en suspenso mientras se resuelve una petición de indulto si, en caso de ejecutarse, "la finalidad de éste (el indulto) pudiera resultar ilusoria". Esta posibilidad también se antoja complicada. Resoluciones como ésta de la Audiencia de Zaragoza explican que este artículo está pensado para que alguien no sea indultado demasiado tarde y cuando la condena haya sido cumplida. El año pasado, la Audiencia de Barcelona también razonó que "la suspensión de la ejecución de la pena por la tramitación del indulto se constituye en supuesto excepcional que convierte en general el cumplimiento efectivo de las condenas firmes impuestas" y que lo contrario supondría un riesgo de "instrumentar la institución del indulto como un intento fraudulento y sistemático para eludir o retrasar el cumplimiento de las responsabilidades penales". El indulto y su coste político La suspensión provisional de la ejecución de la condena hasta que el Consejo de Ministros decida sobre su indulto tiene varios caminos posibles y todos parecen complicados o directamente inviables. Mientras tanto, el ejecutivo de Pedro Sánchez tendrá que estudiar la petición de indulto que ya ha anunciado la familia de José Antonio Griñán y que apoyarán, al menos, los otros dos presidentes del Gobierno del PSOE: Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero. José Antonio Griñán es una figura emblemática del socialismo. Ministro de Sanidad (1992-1993) y de Trabajo (1993-1996) con Felipe González, presidente de la Junta de Andalucía (2009-2013) y presidente del propio PSOE (2012-2014). Allí donde los partidos políticos tienden a desentenderse de sus miembros cuando son condenados en casos de gran envergadura y recorrido mediático, el socialismo se ha mantenido en la defensa de la honorabilidad de José Antonio Griñán y Manuel Chaves tras su condena firme por dos delitos íntimamente relacionados con la corrupción en una causa en la que se ha constatado una gestión irregular y fraudulenta de casi 700 millones de euros de dinero público aunque no un enriquecimiento personal de los encausados. Un caso de los ERE que todavía colea en los tribunales con piezas separadas y que ha sido el arma más poderosa del resto de partidos políticos para cimentar la caída del PSOE en Andalucía, el mayor feudo histórico del partido. Un caso que el Partido Popular, acompañado ahora también por Vox y Ciudadanos, ha esgrimido para equilibrar la balanza de casos de corrupción política como Gürtel, Lezo o Púnica. Es previsible, por tanto, que la hipotética concesión de un indulto total o parcial a José Antonio Griñán se convierta en un campo de minas para el ejecutivo central incluso antes de que se tome una decisión al respecto. Por el momento, los representantes del ejecutivo se han limitado a mostrar respeto por la petición de indulto en la que los familiares del político andaluz plantearán razones de "humanidad y equidad". Desde el Partido Popular, su líder Alberto Núñez Feijóo ya ha aventurado que el Gobierno está "cocinando" el indulto al exmandatario andaluz y ha criticado que un Gobierno del PSOE pueda tomar este tipo de decisiones sobre miembros de su partido, una previsión que no viene reflejada en ninguna Ley española. Indulto total o parcial Existen dos tipos de indultos: el total que conmuta el 100% de la condena impuesta y el parcial, que hace desaparecer una parte, los dos condicionados al cumplimiento de requisitos como no volver a delinquir en un determinado periodo de tiempo. Como sucedió con el procés, la Ley del Indulto de 1870 limita el tipo de indulto que se puede otorgar si el tribunal sentenciador, en este caso la Audiencia de Sevilla, llegado el momento se posiciona en contra: "El indulto total se otorgará a los penados tan sólo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciador y del Consejo de Estado". Un hipotético indulto parcial, si el objetivo es que Griñán no tenga que cumplir condena entre rejas, tendría que conmutar al menos cuatro de sus seis años de condena firme. Y no de cualquier manera ya que la Ley otorga preferencia a "la conmutación de la pena impuesta en otra menos grave dentro de la misma escala gradual". A la espera de saber si habrá o no un indulto, el arma más poderosa de José Antonio Griñán es el voto particular que van a firmar dos magistradas de la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Su contenido, como el de la sentencia, todavía no es conocido pero sí lo que pedían Susana Polo y Ana Ferrer. Ambas apostaron por estimar, entre otros, el recurso del expresidente andaluz al entender que tendría que haber sido absuelto del delito continuado de malversación de caudales públicos. La diferencia entre ser condenado a prisión o sólo a inhabilitación para ejercer un cargo público.

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Felipe González y Zapatero firmarán la petición de indulto de la familia de Griñán

Los expresidentes del Gobierno Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero respaldarán con su firma la petición de indulto que solicitará próximamente la familia de José Antonio Griñán, después de que el Supremo ratificara el mes pasado su condena por el caso de los ERE, según ha avanzado El Confidencial. De acuerdo con la información del digital, la esposa de Griñán, María Teresa Caravaca, y su hijo Manuel registrarán la petición en cuanto se conozca la sentencia completa del Alto Tribunal, que confirmó para el expresidente andaluz una condena a seis años de prisión e inhabilitación especial por malversación y prevaricación en esa trama. La petición irá acompañada por un anexo de firmas que encabezarán, según el diario, tanto González como Zapatero, y que incluirá la rúbrica de varios ministros de sus respectivos gobiernos. Fuentes cercanas al expresidente Zapatero han confirmado a elDiario.es que "apoya la petición de indulto" y que la suscribirá "cuando llegue "el momento procesal oportuno". El Supremo confirmó en una decisión hecha pública el 26 de julio las condenas de los dos expresidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves por su participación en el caso de los ERE de esa comunidad autónoma. En el caso de Chaves, los jueces de la sala de lo penal confirmaron su condena de nueve años de inhabilitación y en el de Griñán de seis años de prisión, lo que supone su entrada en prisión. El tribunal estimaba así tres recursos de casación y parcialmente uno más y desestimaba todos los demás, incluidos los de Chaves y Griñán. Por este motivo, el Tribunal Supremo ha acordado anular la sentencia en primera instancia y redactar una nueva que se conocerá próximamente, cuando esté redactado el voto discrepante. En 2019, la Audiencia de Sevilla declaró probado que en los años noventa la Junta de Andalucía y su Consejería de Empleo pusieron en marcha un sistema de ayudas de dinero público para las empresas que contratasen a trabajadores con una edad cercana a la jubilación y también a empresas en crisis. Un sistema que se extendió entre los años 2000 y 2009 y que siguió adelante a pesar de los múltiples reparos, entre otros, de la Intervención de la Junta de Andalucía. Estos millones de euros se canalizaban de manera irregular a través del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) valiéndose de modificaciones presupuestarias igualmente irregulares y evitando la mayoría de los controles y filtros de la administración para enviar el dinero lo más rápido posible a las empresas y trabajadores. El expresidente González ya mostró días después de conocer la decisión del Supremo su "perplejidad y dolor" por el contenido del fallo y defendió en un comunicado a quien fuera ministro de Sanidad de su Gobierno entre 1992 y 1993 y de Seguridad Social y Trabajo entre 1993 y 1996, de quien destacó su "intachable integridad moral". "Quiero manifestar que si pudiera designarlo hoy para formar parte de un Gobierno de España que yo presidiera, lo volvería a hacer", escribió González en alusión a la “competencia y capacidad intelectual" del que después fuera presidente de la Junta de Andalucía.

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Feijóo asegura que la de los ERE es "la mayor corrupción de la historia" pero que no la va a usar contra el PSOE https://www.eldiario.es/politica/feijoo-asegura-ere-mayor-corrupcion-historia-no-psoe_1_9200434.html Iñigo Aduriz #AlbertoNúñezFeijóo #PP-PartidoPopular #SentenciaERE #CasoERE
Feijóo asegura que la de los ERE es "la mayor corrupción de la historia" pero que no la va a usar contra el PSOE

El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha dedicado este martes el inicio de su discurso ante el Comité Ejecutivo Nacional de su formación política –el máximo órgano entre congresos– a valorar la sentencia del caso de los ERE conocida esta misma mañana que ha confirmado las principales penas a todos los condenados. Feijóo ha considerado que el caso demuestra "la mayor corrupción de la historia democrática", pero ha dicho que no piensa utilizarla contra el PSOE. No obstante, el líder del PP ha querido remarcar que este martes "es el día en que la justicia ha condenado a dos expresidentes de la Junta y del PSOE, que lo fueron durante 14 años", y en el que se "ha condenado a 16 exaltos cargos de gobiernos socialistas y han sido condenados por corrupción". "Durante muchos años la Junta se sirvió de dinero público para utilizarlo en beneficio de sus intereses electorales, los del PSOE", ha dicho. Feijóo ha considerado que se trata de un "día triste" para los que se dedican a la política. Y ha querido dejar claro que "la inmensa mayoría de los políticos es gente honrada". "También la inmensa mayoría de altos cargos y cargos del PSOE son gente honrada. No voy a usar el hecho de que haya personas concretas dentro del PSOE, no voy a usar ningún caso, por demoledor que sea, para desacreditar a todo un partido como el PSOE y a toda la actividad política que se hace en España", ha insistido. "Lo hicieron contra nuestro partido", ha recordado, en alusión al caso Gürtel por el que el PP fue condenado como partido a título lucrativo. A juicio de Feijóo, esa sentencia que propició la moción de censura de Pedro Sánchez a Mariano Rajoy fue "muchísimo menos grave" que la de los ERE. En cualquier caso, ha querido dejar claro que su objetivo "es no ser Pedro Sánchez". "La justicia ha dictado sentencia. Las urnas también y ahora al PSOE le corresponde tomar decisiones y depurar responsabilidades en las filas de su partido", ha añadido Feijóo. A renglón seguido, el líder del PP ha asegurado que "la política es una actividad noble que gestionan gentes honestas".

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Griñán recurrirá al Constitucional la sentencia del Supremo y pedirá suspender la ejecución de su condena

El abogado José María Calero, quien ejerce la defensa del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, ha anunciado este martes que impugnará ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo que confirma la condena que impuso a dicho dirigente la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, por el procedimiento específico a través del cual eran canalizadas las subvenciones autonómicas con las que fueron financiados los ERE fraudulentos y las ayudas directas y arbitrarias a empresas. El letrado ha incidido en que Griñán "nunca ha cogido ni un euro de los fondos públicos y no ha conocido que alguien lo cogiera ni tiene relación con ningún hecho delictivo". En declaraciones a Europa Press Televisión, José María Calero ha considerado "incorrecta, errónea" y "claramente injusta" la citada sentencia del Tribunal Supremo, que frente a los recursos de casación formulados contra la mencionada sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, confirma la decisión de dicha instancia de condenar a los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán, imponiendo al primero de ellos nueve años de inhabilitación especial por prevaricación y al segundo seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación especial por delitos continuados de malversación y prevaricación. El letrado ha explicado así que Griñán está "disgustado" ante dicha sentencia del Supremo, pero "íntegro, con la conciencia tranquila y la seguridad de que nunca ha cogido ni un euro de los fondos públicos, no ha conocido que alguien lo cogiera ni tiene relación con ningún hecho delictivo". "La conciencia y el patrimonio limpio" Con "la conciencia y el patrimonio limpio", según el abogado, Griñán ya piensa en preparar "el mejor recurso posible ante el Tribunal Constitucional". Para ello, según ha precisado, los votos discrepantes de dos de los cinco miembros del tribunal que ha emitido dicha sentencia constituyen "un rayo de esperanza", pues tales votos discrepantes se refieren precisamente "al delito de malversación" atribuido a Griñán y base de su condena a cárcel. Una vez sea conocida la sentencia íntegra, con tales votos discrepantes, previsiblemente en septiembre, será posible según Calero plantear un "incidente de nulidad" de la sentencia del Supremo si la misma incurriese en una "vulneración de derechos" o recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, pesando además la "posibilidad" de solicitar un indulto al Gobierno. Suspender la ejecución de la condena En cualquier caso, se trata de opciones sujetas a "la petición de suspensión de la ejecución" de la condena, "para intentar evitar la entrada en prisión" de Griñán y "aplazar" tal extremo "al momento en el que el Constitucional pueda pronunciarse". "Esperamos poder encontrar solución en los instrumentos jurídicos, para hacer frente a esta resolución que consideramos claramente injusta", ha manifestado José María Calero, haciendo hincapié en que los citados dos votos discrepantes en el tribunal emisor de la sentencia del Supremo reflejan "hasta qué punto" Griñán está "cerca" de una resolución favorable.

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De la jueza Alaya al fallo del Supremo: cronología de trece años del caso ERE

La decisión del Tribunal Supremo en el caso de los ERE ha puesto fin a un largo camino judicial que tiene su origen en una grabación, mucho antes de que los audios se convirtieran en protagonistas habituales en determinadas noticias. A comienzos de 2009, la Fiscalía de Sevilla empezó a investigar una conversación grabada en la que dos directivos de Mercasevilla, condenados por cohecho, pedían a dos empresarios una comisión de 450.000 euros como condición para adjudicarles una escuela de hostelería subvencionada por la Junta. El portavoz del PP en el ayuntamiento hispalense, Juan Ignacio Zoido, luego ministro del Interior, presentó en abril de aquel año 2009 una denuncia contra el alcalde, Alfredo Sánchez Monteseirín (PSOE) y el teniente de alcalde, Antonio Rodrigo Torrijos (IU), a la sazón presidente y vicepresidente de Mercasevilla. El caso recayó en el Juzgado de Intrucción número 6, dirigido por Mercedes Alaya. Se empezaba a fraguar el caso de los ERE, que se ha alargado durante más de trece años hasta el fallo del Supremo conocida ahora. La jueza Alaya, que conocía a Zoido de cuando fue decano de los jueces de Sevilla entre 1992 y 1996, empezó entonces a tirar del hilo de la controvertida gestión de la lonja sevillana al advertir que en los expedientes de regulación de empleo de 2003 y 2007 había 'intrusos', es decir, personas que aparecían en los ERE pero que nunca habían trabajado para las mismas. Alaya imputó en el 'caso Mercasevilla' a Rodrigo Torrijos en abril de 2011 por la venta de los suelos del mercado de abastos, apenas mes y medio antes de las elecciones municipales, que ganó Zoido por mayoría absoluta. Años después, Torrijos fue absuelto en aquel caso y tanto el CGPJ como el Consejo de Estado han puesto en duda aquella instrucción judicial de Alaya. A comienzos de aquel año, en enero de 2011, Alaya había incoado ya las famosas Diligencias Previas 174/2011 que ahora, por fin, ha fallado el Supremo. El sábado 10 de marzo de 2012, tras 14 meses de investigación, la jueza ordenó el ingreso en prisión del que fuera director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de 1999 a 2008, Francisco Javier Guerrero, fallecido en octubre de 2020 y que había calificado de “fondo de reptiles” el dinero que se destinaba a empresas en crisis durante nueve años en Andalucía. Guerrero fue el primero de los imputados que pisaba la cárcel, ya que había autorizado la mayor parte de las ayudas, desgajadas en casi 200 piezas separadas tras la decisión en julio de 2015 de la sustituta de Alaya, la jueza María Núñez, en contra del criterio de su antecesora. Algunas de esas piezas ya han sido sentenciadas en primera instancia: las ayudas autonómicas a empresas vinculadas al sector del corcho y las ayudas a la empresa Acyco. El auto-bomba en el estreno de Susana Díaz El ingreso en la cárcel de aquel exalto cargo, a dos semanas de las elecciones autonómicas del 22 de marzo de 2012, empañó el debate puramente político de propuestas programáticas, como ha ido ocurriendo en posteriores convocatorias. El exconsejero de Empleo Antonio Fernández fue enviado a prisión preventiva en abril de 2012, apenas unos días después de que PSOE e IU alcanzaran un acuerdo para un gobierno de coalición en Andalucía. Paralelamente, casi seis meses (junio-noviembre 2012) separaron la aprobación de la comisión parlamentaria de investigación de los ERE de sus conclusiones inconclusas, sin que pudieran materializarse responsabilidades políticas. El PP había perdido la ocasión de arrebatar el poder del PSOE en la Junta y el camino judicial de los ERE seguiría su curso. Ese 'efecto ERE', salpicado de decisiones de la jueza Alaya en momentos muy puntuales, persiguió desde entonces a José Antonio Griñán y Manuel Chaves, que durante 23 años consecutivos dirigieron la política andaluza. Mercedes Alaya pidió su imputación en septiembre de 2013, una decisión difundida por el PP andaluz en el mismo momento de la toma de posesión del nuevo Gobierno de Susana Díaz (luego anulada por la Audiencia). Solo había pasado mes y medio desde que Griñán anunciara que dejaba la presidencia de la Junta. "Me duele el daño del caso de los ERE a la Junta de Andalucía ,y por eso doy un paso atrás", había esgrimido. Tres tribunales (el juzgado instructor de Sevilla, el Supremo y el TSJA en determinados casos de aforados), numerosos jueces y escritos de acusación y defensa de ida y vuelta han marcado muchos años de un marcado uso político de la macrocausa, incluso hasta la llegada al poder de Juan Manuel Moreno, que contó con asesores expertos en la materia para recordárselo al PSOE. Fue en el verano de 2014 cuando Alaya elevó parte del caso ERE al Tribunal Supremo. Unos meses después, en noviembre de 2014, el alto tribunal comenzaba su investigación. Tras declarar los expresidentes el 9 de abril y el 14 de abril de 2015, el Supremo ponía formalmente por primera vez nombre a la acusación que venía rodeando a los exdirigentes socialistas, también a la mano derecha de Chaves, el exconsejero Gaspar Zarrías: prevaricación administrativa. “Yo no creo que hubiera un gran plan pero hubo un gran fraude”, dijo Griñán para la posteridad a las puertas del tribunal que le acaba de sentenciar. La inclusión de la malversación Ya en noviembre de 2015, de vuelta la causa a los juzgados de Sevilla, la jueza Núñez Bolaños (que más tarde daría un paso al lado tras un lustro asediada por el PP en los ERE y otras macrocausas) unificó la 'pata política' de la causa incoando diligencias previas contra 52 exaltos cargos de la Junta, entre ellos Chaves y Griñán, que el 16 de marzo de 2016 salieron del juzgado sin declarar y se remitieron a lo dicho en el Supremo, facilitando a la prensa unos escuetos comunicados. Fue poco después, el 1 de junio de 2016, cuando el juez Álvaro Martín (el tercer instructor de la macrocausa) transformó definitivamente las diligencias previas en procedimiento abreviado contra los expresidentes de la Junta y otros 24 exaltos cargos del Gobierno andaluz. Aquel auto de Martín resultaría clave al incluir toda la cuantía presuntamente malversada en esa 'pieza política' del caso de los ERE, ahora ya sentenciada, así como la imposibilidad de juzgar más de una vez a los responsables públicos, como luego determinó la Audiencia en mayo de 2017, y que dejó la causa bajo un panorama incierto que ha ofrecido circunstancias como la vivida el pasado 5 de abril de 2022, con un exconsejero ya condenado doblemente declarando como testigo en un juicio. En los juicios que vienen y en los que ya se han celebrado de los ERE, algunas defensas siguen planteando una cuestión importante: las ayudas concedidas no fueron objeto del juicio a Chaves, Griñan y los demás dirigentes, ni su concesión, ni su pago, pero se ha sentenciado que proceden de dinero malversado mientras decenas de piezas desgajadas se siguen instruyendo y juzgado dentro de la macrocausa. “¿Cómo se puede condenar por malversación de caudales a mi cliente si no me dicen qué cantidad ha malversado?”, se preguntaba un abogado de las defensas. Algunas de los letrados también plantearon en el juicio del 'procedimiento específico' que no podía enjuiciarse a los acusados por malversación porque no habían sido llamados al caso los "partícipes a título lucrativo", es decir, los reales beneficiarios de las prejubilaciones acordadas por la Junta de Andalucía, en torno a unas 6.000 personas. En mayo de 2015 ya lo planteó una empresa afectada por un ERE pero aún nadie sabe concretar cuánto de ese dinero han cobrado ya aquellos trabajadores que, de buena fe, al margen de los 'intrusos', se acogieron al ERE de su empresa. Los prejubilados de Mercasevilla, sin ir más lejos, siguen buscando a estas alturas una solución extrajudicial con el Ayuntamiento de Sevilla, sin conseguir cerrar el círculo que, involuntariamente, abrieron una vez. La Junta, aunque tardó, adopto el criterio de la jueza Bolaños en los ERE: fueron ayudas a trabajadores, no a empresas. Un juicio para expertos Todo eso pasó antes del juicio, que arrancó el 13 de diciembre de 2017 y que quedó visto para sentencia el 17 de diciembre de 2018, apenas quince días después de las elecciones que, por primera vez en la historia, daban el poder al PP en Andalucía. También un poco antes, aquel mes de noviembre, tanto Chaves como Griñán guardaron silencio en el Senado sobre los ERE para “preservar” su “derecho de defensa” en el juicio. Susana Díaz compareció el 8 de noviembre, y argumentó que aquello era “un juicio político” y que su presencia en dicha comisión obedecía a que era la candidata del PSOE. Otra vez la causa de los ERE y unas elecciones discurrían de manera casi paralela. El juicio de los ERE, finalmente, supuso todo un rosario de sesiones, inundadas principalmente de conceptos técnicos, que trató de dirimir responsabilidades penales en la acción o inacción de una veintena de dirigentes de la Junta de Andalucía. No exento de anécdotas, fue un auténtico máster para propios y extraños en contabilidad presupuestaria y hacienda pública, leyes y normativa, con innumerables detalles en muchas ocasiones exclusivos para expertos en la materia. Una “experiencia vital”, llegó a decir el expresidente Chaves el último día de la vista oral, que acabó con bastante con menor relevancia mediática que con la que se inició. La rutinaria presencia de los acusados en la sala, de la que se pudieron ausentar durante varios meses con permiso del tribunal, dejó de ser noticia. Por muy graves que fueran las acusaciones y las consecuencias que pudieran tener para muchas personas, más allá de las cuestiones políticas, la tecnicidad del juicio y el paso del tiempo provocaron que el juicio de los ERE se desinflara con los meses, salvo en algunos picos informativos de interés. La Fiscalía Anticorrupción, PP y Manos Limpias (salvo en el momento en que retiró los cargos por malversación contra los 15 acusados por ese delito) se mantuvieron más o menos firmes en sus argumentos de acusación. Los populares, que en su informe final en el juicio 'resucitaron' a la jueza Alaya aludiendo a que Chaves y Griñán eran “la cúspide de la pirámide” de los ERE, habían dado por amortizados el caso, según han mantenido a nivel interno durante la anterior legislatura. Otro año después llegaría la esperada y conocida sentencia de la Audiencia de Sevilla, el 19 de noviembre de 2019. El uso de modificaciones presupuestarias y transferencias de financiación, el aval de los presupuestos autonómicos y las advertencias obviadas de la Intervención de la Junta figuraban entre los hechos probados que ahora han sido revisados por el Tribunal Supremo.

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