PUBLICIDAD PROHIBIDA
En España la ley 34/1988 general de publicidad prohibe:
-La publicidad que atente contra la dignidad de las personas
-La publicidad dirigida a menores
-La publicidad subliminal
-La publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios (p.e. servicios susceptibles de generar riesgos para la salud)
-La publicidad engañosa, la publicidad desleal y la publicidad agresiva, que tendrán el carácter de actos de competencia desleal